El sistema de usos y costumbres es una forma coloquial a un sistema de autogobierno en México practicado por diversos municipios de población indígena para normar la vida de la comunidad.
Historia
La introducción del sistema de elecciones por las costumbres y tradiciones es vista como una de las grandes victorias para el indigenismo.
Legislación
Esto está sustentado en el artículo 2.º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico".[1]
Municipios que usan el sistema
Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en 2018 se eligieron autoridades mediante sistemas normativos indígenas en cuatrocientos veintiún municipios, que construyen el 17.2 % del total de municipios.[2]
En la actualidad se encuentran en los siguientes estados:
Estado | Municipios con Usos y costumbres | Total de municipios | Porcentaje |
---|---|---|---|
Chiapas | 1 | 124 | 0.80% |
Guerrero | 2 | 85 | 2.35% |
Michoacán | 1 | 113 | 0.88% |
Morelos | 3 | 36 | 8.33% |
Oaxaca | 418 | 570 | 73.33% |
Total nacional | 425 | 2476 | 17.16% |
Véase también
- Anexo:Municipios de Oaxaca por sistema de gobierno
- Municipios Autónomos Zapatistas
- Caracoles y Juntas de Buen Gobierno
- Tequio
- Minka
- Cherán
Referencias
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo segundo Archivado el 28 de septiembre de 2007 en Wayback Machine.. Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas / Desarrollo integral de los pueblos indígenas.
- [el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico". https://www.milenio.com/estados/municipios-de-usos-y-costumbres-que-son-y-cuantos-hay-en-mexico «¿Qué son los municipios regidos por usos y costumbres?»]. Milenio. Consultado el 24 de junio de 2021.
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